La facultad de perdonar: conmutación de penas y división de poderes

Autores

Palavras-chave:

Conmutación de penas, pena de muerte, proceso de construcción estatal, provincia de Buenos Aires, historia de la justicia

Resumo

En la segunda mitad del XIX la aceptación de la división de poderes, la separación de la moral y de la religión del derecho y el absolutismo de la ley, respondían a un proyecto donde lo justo estaba siendo definido por la legislación y la administración de justicia buscaba concebirse como poder independiente. En este contexto, la facultad de perdonar, heredada de la monarquía hispana como atribución del rey, pasó al pueblo, soberano en el sistema democrático, que lo delegó en sus representantes. Pero se generó entonces un conflicto entre la necesidad de modernizar el sistema penal, la abolición de la pena de muerte y la relación entre los poderes del Estado. El objetivo de este artículo es comprender y dimensionar el significado de esta facultad de perdonar que se concedió al gobernador de la provincia de Buenos Aires en 1877, año en que se sancionó la ley reglamentando la atribución del poder ejecutivo de conmutar penas.

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Referências

Abelardo Levaggi, “Las instituciones de clemencia en el derecho penal rioplatense”, IV Congreso Internacional de Historia del Derecho Indiano, en: Biblioteca Jurídica del Instituto de Investigaciones Jurídicas, Universidad Nacional de México, Núm. 101-102 Enero – Junio, 1976, p. 243.

Francisco Tomás y Valiente, El derecho penal de la Monarquía Absoluta (Siglos VVIIXVIII), Madrid, Editorial Tecnos, 1969, pp. 397-405.

Publicado

2016-12-01

Como Citar

Corva, M. A. (2016). La facultad de perdonar: conmutación de penas y división de poderes. Temas De Historia Argentina Y Americana, (24), 11–40. Obtido de https://erevistas.uca.edu.ar/index.php/THAA/article/view/5197

Edição

Secção

Investigaciones