"Paradiso, Campanelli” y un contrato interna-cional de maternidad subrogada ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Palabras clave:
Derecho, Filiación, Paradiso, CampanelliResumen
El contrato de gestación por sustitución, también llamado alquiler de vientres
o maternidad subrogada, es aquel en el que se acuerda con una mujer (la madre
subrogante) que esta tendrá un hijo y luego se lo dará a quien encargó al niño. Dependiendo
del caso, los gametos pueden ser de la madre subrogante, de los pretensos
padres, solo de uno de ellos o de ninguno, es decir, de terceras personas.
En algunos países estos contratos están prohibidos, mientras que en otros están
permitidos y, en otros, no regulados. En este marco de dispersión normativa se
ha generado un fenómeno llamado “turismo reproductivo”, que consiste en que quien
pretende obtener un niño por subrogación, viaje de su Estado de residencia a otro –
en donde la regulación sea más permisiva– con el solo objeto de celebrar un contrato
de gestación por sustitución y anotar al niño como propio.
Como consecuencia, no solo existen complicaciones para los pretensos padres
a la hora de querer volver al Estado donde buscan que se reconozca a ese hijo como
propio, sino que, una vez en el Estado receptor, basándose en el orden público, puede
que este no reconozca el certificado de nacimiento en donde el niño es inscripto como
hijo de ellos.
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