DISCULPE MI IGNORANCIA: ¿DEBEN LOS JUECES PENALES DECIDIR CON “PERSPECTIVA DE GÉNERO”?

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DOI:

https://doi.org/10.46553/prudentia.95.2023.pp.61-91

Palabras clave:

Violencia familiar, Derecho penal del enemigo, Vulnerabilidad.

Resumen

El deber de emitir sentencias con “perspectiva de género” es un punto sobre el que insiste la jurisprudencia interamericana y múltiples sentencias de las altas cortes de muchos estados iberoamericanos. Esos tribunales suelen hacer hincapié en que solo mediante la adopción de una perspectiva de género, dirigida a aniquilar los estereotipos negativos de género, se podrá concretar seria y robustamente la vigencia del principio de igualdad material. ¿Pero qué significa tal enfoque? ¿Deben los jueces realmente adoptar metodología para resolver todos los casos que se les presentan? Estas son al- gunas de las preguntas que este trabajo pretende responder con el fin de defender una solución alternativa. Más en concreto, sostendré que el llamado “enfoque de género” resulta inadecuado para su pretensión de lograr una sociedad más igualitaria en donde las personas más vulnerables cuenten con mecanismos idóneos para superar una rela- ción de dominación.

 

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Publicado

01-06-2023

Cómo citar

Laise, L. D. (2023). DISCULPE MI IGNORANCIA: ¿DEBEN LOS JUECES PENALES DECIDIR CON “PERSPECTIVA DE GÉNERO”?. Prudentia Iuris, (95), 61–91. https://doi.org/10.46553/prudentia.95.2023.pp.61-91

Número

Sección

Parte II. Artículos de investigación