THE INTERNATIONAL LAW AND THE EXTERNAL DEBT OF SOUTH AMERICAN COUNTRIES
DOI:
https://doi.org/10.46553/prudentia.98.2024.4Keywords:
External debt, International law, Economic sovereignty, IMF, Debt restructuringAbstract
This article examines external debt in South American countries, addressing its economic, political, and social implications, and evaluating how international law has managed debt crises. Through a critical analysis, it highlights how policies imposed by the International Monetary Fund (IMF) and the World Bank have exacerbated inequalities and limited the economic sovereignty of debtor countries. The creation of an International Sovereign Debt Restructuring Mechanism (ISDRM) is proposed to promote fairer and more equitable solutions. Additionally, it suggests strengthening economic sovereignty through regional integration and the establishment of local debt funds. The article concludes that urgent reform in the international financial system is needed to allow South American countries to manage their debt without compromising their development and social welfare capacity, promoting a fairer international economic system.
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Bibliografía
Bibliografía utilizada
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Notas
Notas [1] Este trabajo ha sido realizado en el marco de los proyectos de investigación IUS 2022-2024. Con la colaboración de Laureano Julián Astudillo, Constanza González Dossi, Sol Morelli y Clara Vartorelli, en la búsqueda bibliográfica y de Ma. Cecilia Barnech en la búsqueda y estudio de documentos de la DSI. Edición Lucrecia Ovejero Solá.
Sofía Josefina Danessa es argentina. En el ámbito académico se destaca por ser abogada y profesora en Ciencias Jurídicas egresada de la UCA. Magíster en Relaciones Internacionales UBA y doctorando en Derecho UBA. Profesora Protitular de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho UCA. Directora de Proyectos de Investigación IUS sobre Terrorismo Internacional, Facultad de Derecho UCA. Profesora Adjunta de la Facultad de Derecho de la UBA. Profesora titular en la Maestría de Derecho Internacional Público de la Universidad de la Comunidad Andina UASB. Coordinadora y Profesora de la Maestría de Derecho Internacional Público de la UCA. Coordinadora del Centro de Derecho Internacional de la Facultad de Derecho de la UCA. Miembro del Instituto de Derecho Internacional del Consejo Argentino para las Relaciones Internacionales (CARI). Autora en publicaciones en revistas especializadas, libros nacionales e internacionales. Se ha desempeñado como jurado y directora de tesis de maestría. En el ámbito profesional, es Asesora jurídica de la Dirección de Seguridad Humana, Innovación y Asuntos Tecnológicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación.
Ma. Cecilia Barnech es uruguaya, Abogada egresada de la Universidad Católica del Uruguay, Magíster en Derecho Constitucional, con énfasis en DD. HH., Docente Grado III Derecho Procesal Civil, ex Docente de Derecho Procesal en Diplomado de DD. HH. por AUSJAL, Doctoranda en Ciencias Jurídicas en UCA.
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A fin de presentar dicho panorama de forma sintética, se seleccionaron algunos documentos oficiales que, en su conjunto, representan dicha postura; los que se presentan en forma cronológica.
Información tomada desde una búsqueda en https://www.vatican.va/content/vatican/es/search.html?q=terrorismo, más allá del Compendio de la Doctrina Social de la iglesia (2004). Sin perjuicio, con anterioridad ya se había aludido al término, aunque con otro alcance: “Las pasiones desordenadas del pueblo rehúsan, hoy más que nunca, todo vínculo de gobierno. Es tan grande por todas partes la licencia, son tan frecuentes las sediciones y las turbulencias, que no solamente se ha negado muchas veces a los gobernantes la obediencia, sino que ni aun siquiera les ha quedado un refugio seguro de salvación. Se ha procurado durante mucho tiempo que los gobernantes caigan en el desprecio y odio de las muchedumbres, y, al aparecer las llamas de la envidia preconcebida, en un pequeño intervalo de tiempo la vida de los príncipes más poderosos ha sido buscada muchas veces hasta la muerte con asechanzas ocultas o con manifiestos atentados. Toda Europa ha quedado horrorizada hace muy poco al conocer el nefando asesinato de un poderoso emperador. Atónitos todavía los ánimos por la magnitud de semejante delito, no reparan, sin embargo, ciertos hombres desvergonzados, en lanzar a cada paso amenazas terroristas contra los demás reyes de Europa” (León XIII, 1881).
Sin perjuicio hace simples alusiones al término en otros documentos: Mensajes para la celebración de las Jornadas para la paz (1970, 1971, 1973, 1975, 1976).
Por ejemplo, ataques terroristas de ETA (España), aún sin alcance internacional. “En España, la organización terrorista ETA –Euskadi Ta Askatasuna (País Vasco y Libertad)– nace en 1959 como alternativa ideológica a los postulados del Partido Nacionalista Vasco (PNV) con cuatro pilares básicos: la defensa del euskera, el etnicismo (como fase superadora del racismo), el antiespañolismo y la independencia de los territorios que, según reivindican, pertenecen a Euskadi”. Cfr. Novella García, C., “El Terrorismo como Aniquilamiento del Amor Cristiano”, Revista Scio, 1 (2007), 19.
En el año 2004, el Consejo Europeo constataba la existencia de aproximadamente 40 organizaciones terroristas en el mundo (documento Posición común 2004/309/PESC). Cfr. Novella García, C., “El Terrorismo como Aniquilamiento del Amor Cristiano”, Revista Scio, 1 (2007), 15-20.
Cfr. también Juan Pablo II: Mensajes para la Jornada Mundial de la Paz (1989, 2002, 2004); Discurso a los representantes del mundo de la cultura, del arte y de la ciencia, Astana, Kazajstán (24 de septiembre de 2001), Carta enviada a los Jefes de Estado y de Gobierno del 24 de febrero de 2002 (referencias de los numerales 513 a 515. CDSI).
Benedicto XVI. Mensaje para la Celebración de la XL Jornada de la Paz, La persona humana, corazón de la paz, 2007.
Gn 4, 10-11; CCE 2259 y 2260.
CCE 2297, 2303 y 2304
Conferencia Episcopal Española, 2002, Capítulo II El objeto del juicio moral: terror criminal ideológico, numeral 9
Conferencia Episcopal Española, 2002, Capítulo III El juicio moral sobre el terrorismo, numeral 12
Ex 23, 7.
CCE 2261.
Francisco. Discurso al Comité de expertos del Consejo de Europa, 2020b
En la actualidad, en setiembre de 2022, Francisco se ha “corregido” señalando que aquella “tercera guerra mundial en trozos” ya es “total”: Tras las dos trágicas guerras mundiales, parecía que el mundo había aprendido poco a poco a avanzar hacia el respeto de los derechos humanos, el derecho internacional y las diversas formas de cooperación. Pero, por desgracia, la historia muestra signos de retroceso. No sólo se intensifican los conflictos anacrónicos, sino que resurgen los nacionalismos cerrados, exasperados y agresivos (cfr. Enc. Fratelli tutti, 11), así como las nuevas guerras de dominación, que afectan a los civiles, a los ancianos, a los niños y a los enfermos, y causan destrucción por doquier. Los numerosos conflictos armados en curso son motivo de gran preocupación. He dicho que era una tercera guerra mundial “a trozos”; hoy quizá podamos decir “total” (Francisco, 2022).
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