APORTES TOMISTAS PARA UNA NOCIÓN DE DELITO

Autores/as

  • Miguel de Lezica Pontificia Universidad Católica Argentina

Palabras clave:

Noción de delito, Ley natural y ley positiva, Delito natural, Delito por determinación humana, Tipicidad, Principio de legalidad

Resumen

La noción de delito no puede reducirse a la sola voluntad del legislador. La denominada teoría del delito no es una generalización de los tipos legislados. Toda comunidad de hombres ha castigado siempre como delito más o menos las mismas conductas. Hay un fundamento natural para castigar una conducta con la sanción más grave del Derecho. Sin embargo, así como no es posible gobernar la comunidad política solamente con la ley natural y es necesaria la ley humana, conclusión y determinación de la primera, la noción de delito, con fundamento natural, necesita la determinación de la ley positiva. Por su parte, una grave lesión al bien común podría justificar la calificación de algo como delito por mera determinación humana.

 

 

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Biografía del autor/a

Miguel de Lezica, Pontificia Universidad Católica Argentina

Doctor en Ciencias Jurídicas, Universidad Católica Argentina, Buenos Aires, Argentina. Docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Argentina, Buenos Aires, Argentina. 

Citas

- Lamas, F. A. (1990). Ensayo sobre el Orden Social. Buenos Aires. Instituto de Estudios Filosóficos Santo Tomás de Aquino, 190 y sigs.

- Marcelino Rodríguez Molinero OFM (1959). Origen Español de la Ciencia del Derecho Penal - Alfonso de Castro y su Sistema Penal. Madrid. Editorial Cisneros, 224 y sigs.

- San Isidoro de Sevilla. Etimologías, 1.5, c. 21, citado por Santo Tomás en Sum. Teol.

- Santo Tomás de Aquino. Suma Teológica, I-II.

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Publicado

2020-10-05

Cómo citar

de Lezica, M. (2020). APORTES TOMISTAS PARA UNA NOCIÓN DE DELITO. Prudentia Iuris, 251–261. Retrieved from https://erevistas.uca.edu.ar/index.php/PRUDENTIA/article/view/3197

Número

Sección

Artículos de Investigación