Revisión por pares
Este Reglamento se utilizará la evaluar las obras de contenido académico-científico únicamente. Para el resto de las contribuciones, se seguirá un proceso similar a criterio de la Dirección o se someterá a un proceso editorial con la participación del Comité Editorial y del Comité de Redacción.
1. Objetivo principal y naturaleza de la evaluación por especialistas
El objetivo principal del especialista evaluador (conocido, en ocasiones, como “referato”) es determinar si una obra es de interés significativo por su naturaleza investigativa y especificidad técnica. También deberá expedirse sobre el desarrollo consecuente de ideas y sobre la formación de conclusiones ajustadas a la investigación desarrollada.
El especialista podrá sugerir mejoras a un artículo que estime tiene suficiente valor para la comunidad científica. Deberá analizar el material para determinar el público que podría estar interesado en leer la producción, la solidez del contenido (buena justificación, coherencia, ejemplificación, claridad, integralidad y completitud, etc.), la originalidad, el valor científico, la posibilidad de seguir investigando sobre el tema, etc. También podrá sugerir que se realicen correcciones o que se siga investigando sobre algún punto para aclarar o completar conceptos, entre otras cuestiones. En igual sentido, podrá sugerir la no publicación de la obra.
La opinión del especialista evaluador deberá brindar suficiente fundamento para que la Dirección pueda resolver cómo proceder con el material recibido y deberá ser lo suficientemente detallada como para poder proporcionarle a un autor motivos suficientes que justifiquen el rechazo de una obra, cuando esa fuera la sugerencia del especialista evaluador.
El especialista evaluador volcará sus recomendaciones, comentarios y sugerencias en un formulario que será enviado oportunamente por la Secretaría de Redacción. Una vez finalizada su tarea, lo remitirá a dicha Secretaría. Todas las instancias de la evaluación realizada por el especialista quedarán reflejadas en este formulario.
En todos los casos, la decisión final e inapelable sobre la publicación del material en la revista estará en cabeza de la Dirección.
2. Procedimiento:
Todos los contenidos recibidos son leídos por la Dirección, por la Secretaría de Redacción o por ambos. La Dirección podrá sumar a esta etapa a los miembros del Comité Editorial o del Comité de Redacción, a su exclusivo criterio. Solo se someterán a evaluación por pares los trabajos de contenido académico-científico que se ajusten a lo establecido en la convocatoria.
El motivo del rechazo inicial quedará a criterio de la Dirección y de, al menos, dos miembros del Comité Editorial, o de un miembro del Comité Editorial y de la Secretaría de Redacción, quienes podrán contar con el asesoramiento informal de especialistas del área en cuestión. En caso de duda, la decisión final siempre será la que tome la Dirección.
Luego de su aceptación, el material será sometido a un sistema de doble referato ciego (sistema doble-ciego). Esto significa que el autor no conocerá la identidad de los especialistas evaluadores y que estos últimos tampoco conocerán el nombre del autor.
La revisión por pares está a cargo de profesionales de vasta trayectoria nacional e internacional, de investigadores nacionales o internacionales ampliamente reconocidos como especialistas destacados en el tema en cuestión y de la problemática abordada por el trabajo sometido a consideración.
La revisión por pares es individual, aunque el trabajo sea sometido a más de un especialista. La argumentación del especialista debe ser sólida a favor o en contra de la publicación del trabajo presentado. Estos argumentos podrán enviarse electrónicamente al autor, a criterio de la Dirección, siempre de forma estrictamente confidencial.
Para ser publicados, los contenidos científicos deberán ajustarse a los siguientes criterios básicos, que los especialistas deberán determinar:
- Deberán presentar argumentos sólidos para sustentar sus conclusiones.
- Deberán ser originales (obras inéditas).
- Deberán ser relevantes, interesantes, motivadores, sumar valor o representar una contribución para la comunidad académico-científica.
Los especialistas evaluadores se comprometen a mantener el material recibido en estricta confidencialidad y a no distribuirlo de forma alguna ni compartirlo con terceros.
El especialista evaluador puede devolver el trabajo sometido a su revisión por no corresponder al área de su conocimiento, especialización, investigación, etc., en cuyo caso deberá justificar su decisión sobre la base de esta premisa, dentro de los siete (7) días a partir de la fecha de la recepción del material.
El especialista evaluador podrá incluir en su informe comentarios confidenciales que solo podrá leer la Dirección y la Secretaría de Redacción, pero es recomendable que los puntos principales queden plasmados en los comentarios que serán puestos a disposición de los autores.
La Dirección podrá enviar los comentarios de los especialistas evaluadores a los autores para que estos puedan considerar introducir cambios, realizar una «prueba de galeras», etc. Sin embargo, estos comentarios serán evaluados por la Dirección y modificados según se considere adecuado para ajustarse a las normas éticas, por un lado, y a las normas de estilo y de contenido, por el otro; todo a su exclusivo criterio. La Dirección podrá trabajar en conjunto con la Secretaría de Redacción para agilizar los procesos editoriales.
Si el autor realizara cambios en función de los comentarios y de las sugerencias de los especialistas, se les podrá volver a solicitar a estos últimos que evalúen el artículo.
La decisión final sobre las conclusiones de los especialistas evaluadores quedará siempre en cabeza del Director, entendiéndose que tales conclusiones no serán nunca vinculantes para la Dirección.
Una vez recibida la devolución de los especialistas evaluadores, la Dirección podrá optar entre:
- Aceptar el artículo con las modificaciones sugeridas o sin ellas.
- Invitar a los autores a revisar su obra, con especial enfoque en las cuestiones específicas indicadas por los especialistas.
- Rechazar el artículo por cuestiones formales (falta de suficiente cientificidad, aporte original, adecuación al objetivo de la convocatoria, congruencia, redacción, etc.). El rechazo de un artículo no implica que no pueda aceptarse en el futuro, si se realizan los cambios sugeridos o que pudieran corresponder, o si se ajusta al nuevo criterio de convocatoria.
En caso de conflicto entre opiniones de especialistas sobre un artículo determinado, la Dirección podrá optar entre someter el artículo a un referato adicional, postergar la aceptación o el rechazo del artículo, o aceptarlo según la decisión que se tome luego de analizar las distintas opiniones de los especialistas.
En ningún caso, los especialistas evaluadores recibirán una retribución económica por su trabajo.
Los especialistas evaluadores podrán trabajar sobre el archivo Word enviado por los autores, donde deberán incluir sus observaciones a modo de comentarios, y realizar los cambios formales o de contenido con control de cambios. Asimismo, deberán completar una planilla de evaluación que recibirán junto con el material que deben evaluar.
Idealmente, el plazo de evaluación no podrá exceder 30 días, para así agilizar los siguientes pasos editoriales y evitar demoras en la publicación.