En defensa de la moralidad del derecho
Palavras-chave:
DERECHO, FILOSOFIA DEL DERECHO, MORALIDAD, RACIONALIDAD, ETICA, MORALResumo
En la primera lectio con la que iniciamos el año académico 2013 expuse sobre el tema: “En defensa de la racionalidad del Derecho”. Cicerón ya decía que la naturaleza del Derecho debíamos buscarla en la naturaleza del hombre, y ésta justamente en su especificidad es racional (lo que nos permite distinguirnos de los otros seres irracionales), por eso el Derecho debe fundarse en su ser racional. Por su parte, en el inicio del año académico 2014 expuse: “En defensa de la politicidad del Derecho”, en consonancia con la defensa de su racionalidad que hicimos aquella primera vez. Esto es posible por la estrecha relación que existe entre ambas dimensiones (la racionalidad y la politicidad), debido a que el hombre es un animal político, como decía Aristóteles (zoom politykon), porque es un animal racional (zoom logotykon). A diferencia de otros animales, donde lo gregario se da en el orden instintivo, en el hombre la sociabilidad y la politicidad suponen la racionalidad. Siguiendo la misma línea, este año voy a referirme a la moralidad del Derecho, a fin de completar la trilogía (racionalidad, politicidad y moralidad). De ahí el título de la presente lectio: “En defensa de la moralidad del Derecho”.Downloads
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Publicado
2015-06-15
Como Citar
Herrera, D. A. (2015). En defensa de la moralidad del derecho. Prudentia Iuris, (79), 17–32. Obtido de https://erevistas.uca.edu.ar/index.php/PRUDENTIA/article/view/1642
Edição
Secção
Parte I. Cátedra Internacional Ley Natural y Persona Humana
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